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30 de julio de 2018La Comunidad de Castilla y León convoca subvenciones destinadas a la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas
1 de agosto de 2018El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto por el que se establecen las bases reguladoras y las normas de aplicación del régimen de subvenciones públicas para la adquisición de nuevas instalaciones de energías renovables, así como la mejora, ampliación o adaptación de equipos, sistemas e instalaciones.
Este nuevo decreto supone una nueva regulación respecto a la que contenía la norma anterior sobre esta misma materia (decreto 115/2015, de 19 de mayo, modificado por el decreto 309/2015, de 11 de diciembre, y por el decreto 169/2016, de 18 de octubre) e incorpora medidas para simplificar la tramitación de las ayudas, entre otros cambios.
Así, en relación con los beneficiarios de las subvenciones, se incluye a las asociaciones sin ánimo de lucro que se encuentren legalmente inscritas en el Registro correspondiente, eliminando, por otro lado, las limitaciones contempladas en el decreto anterior para las comunidades de propietarios.
Además, se concreta el tipo de empresas susceptibles de adquirir la condición de beneficiarias: personas físicas (autónomos), sociedades anónimas, sociedades limitadas, sociedades cooperativas, sociedades agrarias de transformación y sociedades civiles con personalidad jurídica y siempre que las actuaciones para las que éstas soliciten la subvención se realicen en establecimientos o emplazamientos donde desarrollen su actividad empresarial.
Respecto a las instalaciones subvencionables, se incorporan a las ya subvencionadas por el decreto anterior las instalaciones solares térmicas de concentración de media temperatura para aplicaciones industriales, y ello con el fin de incentivar el desarrollo de esta tecnología en el sector industrial por las óptimas condiciones climáticas de nuestra Comunidad Autónoma.
Asimismo, en cuanto a los costes subvencionables, se establece un límite por el conjunto de actuaciones subvencionables y por beneficiario de 300.000 euros. La intensidad de la ayuda es del 40% de la inversión subvencionable, salvo para los municipios y entidades locales menores que será del 80%.
Por otra parte, se ha simplificado la documentación técnica relativa a la instalación para la que se solicita la ayuda y se regula la posibilidad de sustituir los certificados de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales y tributarias de los interesados por una declaración responsable, cuando se trate de subvenciones concedidas a municipios y entidades locales menores o de subvenciones cuya cuantía no supere los 3.000 euros.
Convocatoria de ayudas para actuaciones de ahorro y eficiencia energética
El Consejo de Gobierno ha autorizado la convocatoria de ayudas destinadas a actuaciones de ahorro y eficiencia energética para el período 2018-2019, que contará con una dotación económica de 2.305.000 euros.
La orden de convocatoria establece dos líneas de ayudas para actuaciones y proyectos de ahorro y eficiencia energética, así como para el mejor aprovechamiento de la energía en instalaciones existentes.
La primera línea tiene como potenciales beneficiarios a las microempresas, pequeñas y medianas empresas y a sus agrupaciones siempre que dispongan de personalidad jurídica, así como a empresarios individuales y a proveedores de servicios energéticos, y la segunda, a municipios y entidades locales menores.
El presupuesto para la primera línea de ayudas será de 1.880.000 euros, mientras que para la segunda se cifra en 425.000 euros. La cuantía máxima de la subvención por beneficiario, en ambos casos, será de 200.000 euros.
Las acciones contempladas en esta orden están enmarcadas en el Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de Extremadura correspondiente al periodo de programación 2014-2020 y son acordes a las directivas europeas que tienen como objetivo fomentar un uso eficaz de los recursos disponibles y una reducción de las emisiones de CO2 en todos los sectores.
Esto implica que, siempre que sea posible, los proyectos subvencionados estarán cofinanciados por el FEDER en un 80 %. En estos supuestos la Comunidad Autónoma aportaría el restante 20 %.
Como actividades subvencionables se consideran, entre otras, las auditorías energéticas integrales, la implantación de sistemas de gestión energética, y las inversiones en sustitución o mejora de equipos y/o instalaciones consumidoras de energía por equipos e instalaciones que utilicen tecnología de alta eficiencia.
También se incluyen la sustitución o mejora de equipos y/o instalaciones existentes de producción de calor y frío por otras de alta eficiencia energética; la mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación interior y de los equipos de elevación y manutención de los edificios existentes; y la mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación exterior.
Convocatoria de las ayudas destinadas a instalaciones de energías renovables para los ejercicios 2018 y 2019
El Consejo de Gobierno ha autorizado la convocatoria de ayudas para la adquisición, instalación, mejora, ampliación o adaptación de equipos, sistemas e instalaciones de energías renovables, para el período 2018-19, con una dotación económica de 6.581.646 euros.
Las acciones contempladas en esta orden están enmarcadas en el Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de Extremadura correspondiente al periodo de programación 2014-2020 y son acordes a las directivas europeas que tienen como objetivo fomentar un uso eficaz de los recursos disponibles y una reducción de las emisiones de CO2 en todos los sectores.
Esto implica que, siempre que sea posible, los proyectos subvencionados estarán cofinanciados por el FEDER en un 80 %. En estos supuestos la Comunidad Autónoma aportaría el restante 20 %.
La orden de convocatoria establece tres líneas de subvenciones, la primera de las cuales está dirigida a personas físicas, respecto a las viviendas de su propiedad, ya sean de uso habitual o segunda vivienda, a comunidades de propietarios y a asociaciones sin ánimo de lucro que se encuentren legalmente inscritas en el registro correspondiente.
La segunda línea de ayudas está destinada a los municipios y las entidades locales menores, mientras que de la tercera podrán beneficiarse las empresas privadas y sus agrupaciones, así como proveedores de servicios energéticos.
Se subvencionarán, con cargo a esta convocatoria, las instalaciones para producción de energía térmica que utilicen la biomasa como combustible; las de aprovechamiento de la energía solar térmica de baja temperatura; y las de producción de energía eléctrica mediante paneles solares fotovoltaicos en instalaciones aisladas con y sin acumulación.
También serán subvencionables las instalaciones de biogás para producción de energía térmica y/o eléctrica; las instalaciones solares térmicas de concentración de media temperatura para aplicaciones industriales; así como las de geotermia y las de aerotermia e hidrotermia mediante bombas de calor de alta eficiencia.
La orden de convocatoria establece un límite por el conjunto de actuaciones subvencionables y por beneficiario de 300.000 euros. La intensidad de la ayuda es del 40% de la inversión subvencionable, salvo para los municipios y entidades locales menores, que será del 80%.
http://doe.gobex.es/pdfs/doe/2018/1420o/18040127.pdf
Pedro García Gómez
Jefe División Energías Renovables, Calderas & ACS
Head Renewable Energy, Boilers & SHW Division
Salvador Escoda S.A.
Provença, 392 Planta 2. Barcelona