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27 de abril de 2020Nueva Guía Técnica de la Energía Solar Térmica
15 de mayo de 2020El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, ha publicado en su página web unas FAQ (preguntas y respuestas frecuentes) sobre las actividades que pueden llevar a cabo las empresas instaladoras, por ejemplo:
¿Es posible realizar las actividades de inspección, revisión y mantenimiento de las instalaciones?
Estas actividades no se han suspendido según el Real Decreto 463/2020 ni posteriores, por lo que se pueden seguir realizando en todo tipo de instalaciones domésticas, comerciales e industriales, siguiendo las instrucciones de seguridad del Ministerio de Sanidad. Estas actividades no se entienden como una obra de intervención, por lo que no se aplican las órdenes dictadas a las mismas.
¿Se puede realizar una instalación de calefacción, climatización, fontanería en un edificio existente en el que la vivienda está habitada donde se ha sectorizado las estancias en la que permanecerán las personas ajenas a la vivienda, siempre que se sigan los criterios del Ministerio de Sanidad?
Esto es posible, mediante la aplicación del Orden SND/385/2020, de 2 de mayo, por la que se modifica la Orden SND/340/2020, de 12 de abril, por la que se suspenden determinadas actividades relacionadas con obras de intervención en edificios existentes en las que exista riesgo de contagio por el COVID-19 para personas no relacionadas con dicha actividad, siempre que dichas instalaciones no impliquen una reforma integral de la vivienda, sea posible la sectorización de las estancias donde trabajarán los instaladores de los habitantes de la vivienda, y se utilicen las medidas de protección indicadas por el Ministerio de Sanidad.
Para consultar la totalidad de las preguntas y sus correspondientes respuestas, visite la web del Ministerio: https://www.mincotur.gob.es/es-es/COVID-19/Paginas/Contacto-Industria-Covid19.aspx